Cuando las bandas de música y artistas individuales viajan internacionalmente con instrumentos que contienen partes de especies protegidas, se ven afectados por la normativa de la CITES. A su vez, la fabricación, compra y venta de instrumentos musicales también se ve perjudicada por dicha normativa.
Por ello, el 28 de agosto de 2019, las partes de la Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres (CITES), se reunieron en Ginebra para la 18ª Conferencia de las Partes, donde aportaron resoluciones a la problemática de viajar con instrumentos musicales que contienen especies protegidas. Concretamente, durante la Conferencia se adoptaron cuatro resoluciones que representan respuestas positivas, dadas las peticiones del sector musical.
En primer lugar, se llegó a un consenso sobre el Certificado de Instrumentos Musicales (MIC). Así como la necesidad de simplificar los requisitos de permisos para el movimiento internacional de especies CITES, cuando el comercio tenga un impacto insignificante en la conservación de las mismas. Ésto puede incluir el movimiento transfronterizo no comercial de instrumentos musicales. A su vez, se aprobaron resoluciones para armonizar los códigos utilizados en el MIC. Los próximos pasos respecto a este tema tendrán lugar en las reuniones de los grupos de trabajo de la CITES, a principios del próximo año.
Respecto al uso del palo rosa, se adoptó una propuesta de Canadá y la Unión Europea, para permitir que todos los movimientos comerciales y no comerciales de instrumentos musicales terminados, partes y accesorios, que contengan palo rosa (género dalbergia), estén exentos de los requisitos de permiso CITES. El palo rosa de Brasil (dalbergia nigra), seguirá estando sujeto a los requisitos de autorización. Dicha exención estará disponible 90 días después de la adopción, que será a finales de noviembre de 2019.
La siguiente propuesta está relacionada con la nueva inclusión de la Cedrela, material utilizado en la fabricación de ciertas guitarras clásicas, en el Apéndice II de las CITES. Éste apéndice ha sido enmendado para tratar solo los troncos, madera aserrada, hojas de chapa de madera y madera contrachapada de especies que hayan sido cultivadas en regiones neotropicales; eximiendo a los instrumentos musicales terminados que contienen Cedrela de los nuevos requisitos de permiso de la CITES.
Respecto al uso del mamut, se rechazó la propuesta para incluir al mamut lanudo como especie sujeta a los controles de la CITES, ya que la nueva regulación de una especie extinta está fuera de su ámbito. El marfil de mamut se ha utilizado en pequeñas cantidades como sustituto del marfil de elefante en instrumentos musicales durante varias décadas.
Pearle* – Live Performance Europe, la Federación Internacional de Músicos, así como un amplio número de socios de la coalición musical (Liga de Orquestas Americanas, Organización Francesa de Instrumentos Musicales y Asociación Internacional de Fabricantes de Violines y Arcos, entre otros), asistieron a las negociaciones de CITES en Ginebra con la finalidad de defender las necesidades del sector musical y mejorar su situación en lo que respecta a movilidad internacional.