El pasado 27 de mayo de 2021, el Consejo de Ministros extraordinario ha aprobado el Real Decreto-ley para la defensa del empleo y la reactivación económica y para la protección de los trabajadores autónomos, que incluye la prórroga de los Expedientes de Regulación Temporal de Empleo (ERTE) hasta el 30 de septiembre de 2021.
La prestación por desempleo para artistas y los subsidios del personal técnico están recogidos en esta nueva prórroga, de forma que se da continuidad a las medidas que fueron implementadas por el Real Decreto-ley 17/2020, del 5 de mayo, donde se reconocía un acceso extraordinario a la prestación por desempleo para los profesionales de espectáculos en vivo. Dadas las características del sector, ha sido necesario flexibilizar los requisitos para que los artistas puedan acceder a las prestaciones por desempleo. En estas ayudas, se reconoce también a quienes tras el levantamiento del estado de alarma y pese a las restricciones derivadas de las medidas sanitarias, hayan podido desarrollar su actividad. Para ello, solo se exigirá un mínimo de 5 días de actividad entre el 11 de junio de 2020 y el 31 de mayo de 2021.
Dado que los espacios escénicos estuvieron cerrados desde que se declaró el estado de alarma en marzo de 2020 hasta el 30 de septiembre (cuando comenzaron a abrir de forma paulatina y sin una apertura plena dadas las restricciones sanitarias), la mencionada exigencia de 5 días se considera proporcional, ya que este periodo es la cuarta parte de los 20 días que preveía el acceso extraordinario original del Real Decreto-ley del 5 de mayo.
Por último, se ha ampliado a 35 días el periodo mínimo exigido para reconocer el subsidio por desempleo excepcional para personal auxiliar y técnico. Este periodo será computable desde el 1 de agosto de 2019 hasta el 31 de mayo de 2021.