A finales de junio de 2022, finalizó el plazo para que los Estados miembros aplicasen la Ley Europea de Accesibilidad (Directiva 2019/882) de 17 de abril de 2019, que garantiza que los productos y servicios cotidianos sean accesibles para las personas con discapacidad.
Se estima que la aplicación de esta normativa ayudará a un total de 87 millones de personas (casi uno de cada cinco europeos) que tienen discapacidades, incluidas muchas personas mayores o personas con discapacidad temporal. El objetivo de la Directiva es que los Estados miembros cumplan con los requisitos de accesibilidad para determinados productos y servicios de uso cotidianos. Un entorno en el que los productos y servicios sean más accesibles permitirá que la sociedad sea más inclusiva y facilitará la vida autónoma de las personas con discapacidad o limitaciones funcionales.
Las empresas tendrán, a partir de ahora, tres años (hasta junio de 2025) para hacer que sus servicios y productos cumplan los requisitos comunes de accesibilidad de la Unión Europea. Según la Comisión Europea, el cumplimiento de las normas impulsará la innovación, garantizará la aplicación de las normas comunes en todo el mercado interior de la Unión Europea y beneficiará a los consumidores, que disfrutarán de una oferta más amplia e inclusiva a precios competitivos. Los Estados miembros podrán establecer algunas excepciones a la norma. En concreto, las microempresas (con menos de 10 empleados) estarán exentas de las obligaciones de la Ley, aunque se las anima a transformar sus productos y servicios para que sean accesibles.
Dada la creciente importancia para la comunicación y la participación en la economía de las tecnologías digitales, estas serán son el centro de atención de la Ley Europea de Accesibilidad. La Ley abarcará los siguientes productos y servicios:
- Productos: ordenadores y sistemas operativos, teléfonos inteligentes y otros dispositivos de comunicación, equipos y servicios de televisión digital, cajeros automáticos y terminales de pago, lectores electrónicos, máquinas expendedoras de billetes y de facturación.
- Servicios: telefónicos, bancarios, comercio electrónico, sitios web, servicios móviles, billetes electrónicos y todas las fuentes de información de los servicios de transporte aéreo, de autobús, ferroviario y marítimo, libros electrónicos, acceso a los servicios de medios audiovisuales y llamadas al número de emergencia europeo 112.
La Ley Europea de Accesibilidad identifica las características con las que deberán contar los productos y servicios para que se consideren accesibles para personas con discapacidad. Para ello, se basa en los requisitos funcionales de accesibilidad de la Unión Europea. Además, exige que los sitios web de las organizaciones muestren información sobre las características de accesibilidad de sus servicios.
Los usuarios deben poder consultar el contenido y la estructura de un sitio web y navegar por las páginas, también cuando utilizan dispositivos de asistencia. A partir del 28 de junio de 2025, los usuarios podrán presentar reclamaciones ante los tribunales o autoridades nacionales si los servicios o productos no respetan la nueva normativa.