El Boletín de Noticias de la Tesorería General de la Seguridad Social de 30 de agosto de 2023 ha publicado una importante instrucción interna para tramitar las altas en la Seguridad Social de artistas no comunitarios del sector audiovisual.
Esta instrucción, que se ha enviado a los propios empleados del Ministerio de Seguridad Social, puede servir de gran ayuda para aquellas empresas que contraten o trasladen a artistas no comunitarios (aquellos pertenecientes a países de fuera de la UE) para estancias de 90 días, algo frecuente en los festivales de música.
Esta instrucción hace referencia al alta de estos artistas en la Seguridad Social (en aquellos supuestos que no vengan cubiertos por un convenio bilateral en Seguridad Social). A partir de ahora, según la instrucción, se puede realizar el alta de estos artistas en la Seguridad Social sin necesidad de NIE, simplemente identificados con un pasaporte.
Esta forma de tramitación ya se aplicaba a la contratación de ciudadanos comunitarios y no comunitarios en otros ámbitos profesionales, por lo que esta instrucción simplemente pretende trasladar una práctica común al ámbito de las contrataciones artísticas y audiovisuales. Sin embargo, cabe destacar que esta instrucción no exime de la obligación de solicitar un NIE, una vez en España.
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