Directiva de Viajes Combinados en el sector

El sector de las artes escénicas de la Unión Europea se encuentra actualmente bajo el radar de la Directiva de Viajes Combinados (PTD), una normativa diseñada para proteger los derechos de los viajeros y que también tiene implicaciones significativas para los artistas en situación de gira.

La Directiva original de Viajes Combinados 2015/2302, que entró en vigor en enero de 2018 en los Estados miembros de la UE, ha sido objeto de una propuesta de revisión por parte de la Comisión Europea en noviembre de 2023, con el objetivo de mejorar la efectividad de las protecciones a los viajeros y clarificar ciertos aspectos de la normativa.

La oficina de Pearle ha elaborado un resumen detallado que aborda tanto las reglas vigentes como las posibles implicaciones de las normas revisadas propuestas para las organizaciones de artes escénicas. La directiva define el «viaje combinado» como un acuerdo que incluye al menos dos tipos diferentes de servicios de viaje bajo un solo contrato con un proveedor. El informe identifica cuatro escenarios distintos en los que las actividades de gira pueden afectar a las organizaciones de artes escénicas:

  • Gestor de Gira Interno: Cuando el gestor de la gira es empleado directamente por la organización de artes escénicas, la relación queda excluida del ámbito de la PTD debido al acuerdo existente dentro del contrato laboral.
  • Gestión de Gira Externa: Si la organización subcontrata la gestión de la gira a un tercero, la situación podría caer bajo la PTD, especialmente si el proveedor externo vende un «paquete» a los artistas sin un acuerdo general previo.
  • Proveedor Independiente de Servicios: Cuando las actividades de gira son gestionadas por un proveedor de servicios externo e independiente, podría aplicarse la protección de la PTD si se vende un «paquete» a los artistas y no existe un acuerdo general.
  • Gira Mixta: Cuando la gira es organizada parcialmente por el lugar anfitrión y parcialmente por los artistas, la PTD no se aplica ya que no se configura un «paquete».

La clave para determinar la aplicabilidad de la PTD radica en la existencia de una relación estructurada entre el lugar, la organización de artes escénicas y el proveedor de servicios. Este análisis será crucial a medida que la directiva se revise, posiblemente ampliando su alcance para incluir nuevos derechos de reembolso en caso de cancelación y mejorando la claridad en las obligaciones de los organizadores de paquetes.

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