En septiembre de 2022, la Comisión Administrativa de Coordinación de los Sistemas Nacionales de Seguridad Social (Comisión Europea) encargó a un grupo especializado que buscara una respuesta adecuada al aumento del teletrabajo tras la pandemia. De hecho, el teletrabajo sigue siendo popular y algunos trabajadores también trabajan desde el extranjero, en lugar de hacerlo desde el país donde tiene su sede el empleador. Esto puede tener implicaciones a la hora de designar el Estado miembro competente a efectos de seguridad social.
El grupo, presidido por Bélgica, redactó un modelo de acuerdo marco que ahora está abierto a la firma de los Estados miembros. Se espera que entre en vigor el 1 de julio de 2023. Este acuerdo marco se basa en el artículo de los Reglamentos Europeos de Coordinación de la Seguridad Social que permite a los Estados miembros interesados hacer excepciones a las normas que designan al Estado miembro competente. Los Estados miembros que firmen este acuerdo se comprometen a aceptar sistemáticamente la solicitud de designar como competente al Estado miembro en el que se encuentre la sede social del empresario, siempre que el empleado trabaje menos del 50% del tiempo total de trabajo en su Estado de residencia.
Si lo deseas, puedes consultar aquí el modelo del acuerdo marco